La ley de certificación energética de viviendas, aquella que obliga a los propietarios de una vivienda que quieran vender o alquilar a contar con el sello energético, va a cumplir dos años, pero el grado de incumplimiento es muy elevado.
Según los cálculos, durante éste último año sólo se habrían visado el 12% de los inmuebles que requieren etiqueta energética y que se estima en 5 millones. Esto quiere decir que aproximadamente el 90% de los inmuebles que se anuncian en venta o alquiler lo hacen de forma irregular.
Según lo dispuesto en el Real Decreto 235/2013 aprobado hace casi dos años, sin este sello, los propietarios se enfrentan a multas de hasta 6.000 euros, si bien las sanciones brillan por su ausencia. En la Comunidad de Madrid, por ejemplo, sólo ha trascendido una sanción de 4.000 euros a un técnico por falsear los datos en la emisión del informe.
Ya sea por vulneración de la normativa o por desconocimiento de la misma, lo cierto es que aproximadamente un 90% de los propietarios que a día de hoy venden o alquilan su vivienda, no disponen del certificado energético. Y no solo eso, sino que diferentes colectivos relacionados con la certificación energética, llevan meses denunciando la vulneración de la ley y las malas prácticas.
Te explicamos algunas de las irregularidades más comunes en torno al certificado energético.
1.- Etiqueta energética en trámite. En numerosos escaparates de agencias o portales inmobiliarios on-line observamos la etiqueta energética con el formato correcto, con su escala de colores de la A a la G, pero sin indicar la certificación de la vivienda. En su lugar leemos "en trámite", se pretende dar a entender que el propietario está gestionando la certificación del inmueble cumpliendo con lo estipulado por la normativa. El proceso de obtención del certificado dura entre dos y cinco días, lo que hace desconfiar de los anuncios que mantienen su estado "en trámite" durante semanas.
2.- Certificado energético sin visita del técnico. Son muchos los profesionales habilitados en la certificación energética que llevan meses denunciando y alertando de aquellos certificados para cuya expedición no es necesario que el técnico visite el inmueble. La calificación se realiza según la información que proporciona el propietario, lo que puede dar lugar a una calificación errónea y falsa, lo que constituye una infracción muy grave sancionada con multas de entre 1.000 a 6.000 euros.
3.- Descuentos inexistentes. La normativa de certificación energética no marca las tarifas que debe aplicar el técnico por el servicio prestado, y tampoco lo han hecho los colegios profesionales. Los técnicos certificadores ofrecen libremente el precio que ellos estiman por la realización de cada certificado energético. No obstante, existen páginas de descuentos que ofrecen precios supuestamente rebajados, indicando como precio inicial cantidades que están completamente fuera de mercado.
4.- Certificado energético sin registro. Por último, para que la etiqueta energética de un inmueble sea válida, es imprescindible presentar el certificado energético en el registro de la comunidad autónoma correspondiente. Un certificado sin registrar no cumple la normativa y constituye una infracción grave sancionada con multas entre 600 y 1.000 euros. Es fundamental que el servicio de certificación energética que se contrate incluya el registro del certificado ya que en muchos casos el registro es un trámite complicado para el propietario no acostumbrado a este tipo de gestiones.
A diferencia de lo que sucede con la emisión del certificado, para su registro, cada comunidad autónoma ha fijado un precio, que difiere mucho entre unas y otras. Mientras que en Madrid, Andalucía, Aragón o Navarra el registro es gratuito, en La Rioja cuesta casi 40 euros. En Murcia, Extremadura y Castilla León, oscila entre 20 y 30.